2.1.06

ESTATUTOS Y REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO

AAPF
ASOCIACIÓN “AMIGOS DE LAS PATATAS FRITAS”
2002

Aprobados en Asamblea General, el día: 24 de Enero de 2004


I. FINES DE LA ASOCIACIÓN

Artículo 1. La Asociación de “Amigos de las Patatas Fritas” se constituye para el mejor conocimiento de la gastronomía almeriense y andaluza, en el campo específico del arte de freír patatas con fines alimenticios.

Tendrá como misión cumplir los siguientes fines y actividades.

A) Serán FINES de la ASOCIACIÓN:

1. Promover reuniones, viajes y visitas de carácter gastronómico, festivo y lúdico para un mayor conocimiento de la realidad provincial o regional en el arte restaurador de freír patatas.
2. Contribuir con ello a un mejor conocimiento de los lugares donde esta especialidad alimenticia ocupa un lugar preferente.
3. Colaborar con los mejores centros de restauración para que mejoren la calidad de este plato tan mediterráneo, popular y sabroso.
4. Elevar a gran categoría gastronómica el denominado “patatas fritas con huevos” o cualquier otro producto que pueda acompañar a las patatas con dignidad para que el plato no pierda su identidad propia.
5. Coordinar a todas las personas interesadas en el conocimiento, difusión y degustación del mencionado plato.

B) Serán ACTIVIDADES de la ASOCIACIÓN:

1. Realizar viajes, visitas y reuniones de carácter lúdico y gastronómico, asumiendo la obligación responsable de estimular la degustación obligatoria de “patatas fritas” en los lugares señalados por la junta directiva para comer.
2. Crear un equipo de investigación encargado de prepara los viajes, visitas o reuniones, de acuerdo con los lugares donde sepan que existe un buen cocinero o cocinera especialistas en el tema.
3. Procurar, siempre que sea posible, la difusión y publicidad de la actividad de la Asociación, siempre que suponga una aportación positiva a las excelencias de este suculento plato de la buena mesa.

Artículo 2. La Asociación “Amigos de las patatas fritas” tendrá como ámbito de actuación toda la provincia de Almería y provincias limítrofes en lugares muy concretos y de especial relevancia gastronómica.


II. SOBRE LOS SOCIOS DE LA ASOCIACIÓN

Artículo 3. La Asociación estará constituida por dos clases de socios-amigos: socios-amigos de número y socios-amigos honorarios.

Artículo 4. Serán socios-amigos de número aquellos que la integren con todos los derechos y deberes, principalmente el de asistir a las comidas y pagar el importe correspondiente (a escote).

Artículo 5. Para ser socio-amigo de número se requiere ser mayor de edad, buena persona, estar interesado por la gastronomía fuera de su casa, no ser perezoso/a para viajar, tener capacidad para decidir por si mismo (no depender siempre de la pareja) y reunir otras condiciones:

a) Ser profesor/a del IES “Cruz de Caravaca”, amigo o familiar de alguno ellos.

b) Haber manifestado su interés por las patatas fritas, solas o con guarnición.

c) Ser técnico o diplomado (mejor doctor), en el arte de comer patatas fritas, distinguiendo, por lo menos, el tipo de aceite que se utiliza y el modelo de sartén.

d) Reunir alguna condición similar a las anteriores, previa consideración como tal de la mayoría de la Junta Directiva. No es necesario saber informática, idiomas o música.

Artículo 6. Se adquiere la condición de socio-amigo de número por aceptación de la Junta Directiva, previa solicitud y justificación oral de reunir las condiciones requeridas.

Artículo 7. Se perderá la condición de socio-amigo cuando no se asista con regularidad a las convocatorias gastronómicas, por no abonar su consumición o por hablar mal de la asociación o de las patatas frías como plato estrella de la cocina española.

Artículo 8. Serán derechos de los socios-amigos:
a) Participar en las reuniones, viajes y visitas.
b) Opinar sobre las patas fritas una vez finalizada la comida.
c) Valorar (puntuación de 0 a 10) la calidad de las mismas, después de cada comida.
d) Propones nuevos bares o restaurantes para comer.
e) Participar en las asambleas de la Asociación con voz y voto.
f) Elegir y ser elegido miembro de la Junta Directiva o proponer modificación de Estatutos.

Artículo 9. Será obligaciones de los socios-amigos:
a) Asistir a las comidas programadas
b) Abonar su propia comida
c) Vigilar y contribuir a que se cumplan los fines de la Asociación

Artículo 10. La Asociación pondrá nombrar socio honorífico a las personas que presten ayuda material a la Asociación o que se trate de amigos o conocidos de relevancia especial para la mayoría de los socios-amigos. Serán nombrados en asamblea general, siempre después de una buena comida.


III. ÓRGANOS DE GOBIERNO

Artículo 11. Los órganos de gobierno estarán constituidos por la Asamblea General y una Junta Directiva.

Artículo 12. La Asamblea General se constituirá por todos los socios asistentes y en al finalizar los postres de una comida, cuando lo estime conveniente la Junta Directiva. Decidirá la Asamblea los lugares para celebra las comidas a propuesta de la Junta o de cualquier socio-amigo.

Artículo 13. La Junta directiva tendrá carácter de comisión permanente con plena confianza de la Asociación. Tendrá las funciones de:

a) Llevar las altas y bajas de los socios-amigos
b) Representar a la Asociación ante los dueños de establecimientos y recoger el dinero para efectuar los pagos
c) Decidir el menú completo en cada caso
d) Tomar acuerdos con urgencia si fuese necesario
e) Estimular la participación de todos
f) Organizar las reuniones, viajes y vistas
g) Organizar las asambleas
h) Atender las peticiones de todos los asistentes

Artículo 14. La Junta Directiva estará compuesta por 6 miembros:
Presidente, Secretario, Tesorero y vocales (hombres, mujeres o mitad; solteros o casados, funcionarios o no. Lo importante es que sean limpios/as y de buen aspecto, por tratarse de comer).


IV. FUNCIONAMIENTO ECONÓMICO

Artículo 15. La Asociación en el momento de su constitución carece de patrimonio fundacional. No existen las conocidas y populares cuotas anuales o mensuales, pero es necesario ser colaboradores con la variedad de precios de los establecimientos propuestos por la Junta. Las cantidades sobrantes de cada comida serán custodiadas por el tesorero/a, para posteriormente mejorar otras comidas.

Artículo 16. Los socios-amigos que fueren dados de baja por no cumplir con sus obligaciones, podrán volver a darse de alta pero deberán abonar el importe de uno de los platos de patatas fritas que los asistentes consuman durante la primera comida que realicen.

Artículo 17 y último. En el caso de problemas de obesidad o de dietas normales, será la Junta Directiva la encargada de suprimir cualquier plato del menú a determinadas personas, pero nunca el de las patatas fritas.
V. SOCIOS-AMIGOS FUNDACIONALES:
· ABAD ROIG, LEOPOLDO
· ALCALÁ COLACIOS, ROSA
· AZOR ERNESTINA
· BAQUERA CASTAÑÓN, AURORA
· BAQUERO OLMOS Mª DEL CARMEN
· CARMONA LÓPEZ, MARI ÁNGELES
· CASTILLO GARCÍA, JUAN JOSÉ
· CORTES PICÓN, MARIA ADELA
· DE OÑA ESTEBAN FRANCISCO
· FERNÁNDEZ GALLARDO, ISABEL
· FERNÁNDEZ GARCÍA, FRANCISCO
· FERNÁNDEZ HERRERO, ROBERTO
· FERNÁNDEZ LEYVA, MARÍA JESÚS
· FERNÁNDEZ PONCE, MANUEL RAMÓN
· GARCÍA USERO, MANUEL
· JIMÉNEZ JURADO Mª ISABEL
· JIMÉNEZ JURADO Mª JOSÉ
· JIMÉNEZ ORTIZ, MARÍA DOLORES
· JOVER ESCRIBANO, ÁNGEL
· LAGOA DE LA PEÑA, LUCÍA
· LÓPEZ LÓPEZ, CARMEN
· MAÑAS ARCOS, ANTONIO
· MARTÍNEZ LÓPEZ, JOSÉ MIGUEL
· MARTÍNEZ MORALES JULIA
· MOLINA ROLDÁN, ROSA
· MORENO RUBIO, JUAN RAFAEL
· MURILLO LAGUNA, MARI CARMEN
· ORTEGA ALMÉCIJA Mª CARMEN
· PÉREZ DE HARO, MARÍA JOSÉ
· PÉREZ SEGURA, FRANCISCO
· RAMOS MORENO, MANUEL
· RODRÍGUEZ BLANCO MANUEL
· RODRÍGUEZ GARCÍA, PILAR
· SÁNCHEZ SÁNCHEZ, VICENTE
· SANTIESTEBAN MARTÍNEZ JOAQUÍN
· TORRES MATILLAS ANTONIO
· VILAR IGLESIAS, TERESA

**SOCIOS AMIGOS HONORÍFICOS
Sin nombramiento en la actualidad


JUNTA DIRECTIVA:

PRESIDENTE: ANTONIO MAÑAS ARCOS
SECRETARIA: MARÍA JESÚS FERNÁNDEZ LEYVA
TESORERA: MARI CARMEN MURILLO LAGUNA
VOCALES: MARI ÁNGELES CARMONA LÓPEZ
LUCÍA LAGOA DE LA PEÑA
LEOPOLDO ABAD ROIG

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